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Pagar la guardería

¿Tengo derecho a una ayuda económica para guardería?

Las familias trabajadoras suelen tener dificultades para llegar a fin de mes y, para muchas de ellas, el cuidado de los niños está fuera de su alcance debido a su coste. Child Care Resource Center (CCRC) ofrece varios programas de ayuda financiera o subvenciones a las familias que reúnen los requisitos necesarios de forma no discriminatoria.

¿Cómo puedo saber si tengo derecho a una ayuda para el cuidado de niños?

El Departamento de Servicios Sociales Públicos de Los Ángeles (DPSS) financia el cuidado infantil de la Etapa 1 de California Work Opportunity and Responsibility for Kids (CalWORKs) y establece las normas, reglamentos y requisitos de elegibilidad. El programa de la Etapa 1 sirve a las familias elegibles que actualmente reciben ayuda en efectivo y que demuestran una necesidad calificada para recibir asistencia financiera para el cuidado de niños.

¿Cómo puedo saber si tengo derecho al cuidado infantil CalWORKs Fase 1?

Para determinar si reúne los requisitos para recibir ayuda económica para el cuidado de niños (subvención), puede solicitar ayuda para pagar una parte o la totalidad de los gastos de cuidado de niños a través de su trabajador de Greater Avenues for Independence (GAIN) o poniéndose en contacto con CCRC.

Una vez recibida su solicitud, el Departamento de Gestión de Casos examinará si reúne los requisitos para recibir los servicios en función de los siguientes criterios:

  • Uno de los padres/tutores recibe ayuda económica/TANF/CalWORKs,
  • Uno de los progenitores o tutores tiene una necesidad cualificada y participa en una actividad aprobada de transición de la asistencia social al empleo, o bien
  • En el hogar vive un menor de 13 años o un menor de 19 años con necesidades especiales.

Si cumplo los requisitos, ¿cómo me inscribo?

Si el Asesor de Cuidado Infantil CalWORKs establece que usted reúne los requisitos para recibir cuidado infantil subsidiado, lo más probable es que reúna los requisitos para recibir los servicios. CCRC le enviará por correo una carta de presunta elegibilidad (Formulario ST1-10) en un plazo de cuatro (4) días hábiles. Junto con la carta se incluirá una Lista de verificación de documentos del participante de la Etapa 1 de CalWORKs (Formulario ST1-10a) en la que se detallan los documentos necesarios para inscribirse en el programa.

Una vez inscrito, ¿cómo se paga al cuidador?

Para que CCRC pueda pagar a su proveedor de cuidado infantil, debemos autorizar los servicios y tarifas de cuidado infantil. El procedimiento de autorización es el siguiente:

1. Usted elige el proveedor de servicios de guardería que mejor se adapte a las necesidades de su familia. Obtenga más información sobre las opciones de cuidado infantil disponibles y cómo encontrar un cuidado infantil de calidad.

2. Usted y su proveedor de cuidado infantil completan la documentación requerida y CCRC autoriza los servicios de cuidado infantil y las tarifas. Si se aprueban los servicios, CCRC envía una Notificación de Acción (NOA) de aprobación a los padres y una Notificación de Aprobación del Proveedor al proveedor de cuidado infantil.

3. CCRC paga los costos de cuidado infantil incurridos sólo durante las horas autorizadas de cuidado según su horario aprobado (enlace al Manual para Padres) cuando usted está participando en su actividad aprobada. Recuerde que el padre/madre es responsable de los costes de cuidado infantil antes de la fecha en que CCRC autoriza el cuidado infantil y del cuidado después de la fecha de finalización. El padre también es responsable de los costes de cuidado infantil si el cuidado se proporciona para cualquier otro propósito que no sea participar en una actividad aprobada durante el horario aprobado.

Si ya recibo una ayuda económica para el cuidado de niños, ¿por qué tengo que volver a solicitarla?

De acuerdo con las directrices del DPSS y del CCRC, las familias deben volver a certificar su ayuda económica para el cuidado de niños al menos una vez al año en función de la actividad y de su duración.

Tanto usted como su proveedor de cuidado infantil recibirán avisos de terminación explicando que el cuidado infantil será terminado si su documentación requerida no es devuelta a tiempo. Si devuelve toda la documentación correcta y puntualmente, CCRC volverá a autorizar sus servicios durante el tiempo que dure su actividad aprobada, hasta un máximo de un (1) año.

Si usted no devuelve su documentación como se requiere, sus servicios de cuidado infantil se darán por terminados y usted tendrá que volver a solicitar cuidado infantil y CCRC tendrá que volver a determinar su elegibilidad.

¿En qué circunstancias se me puede dar de baja del programa?

Si usted no sigue las normas, reglamentos o directrices requeridos según lo definido por DPSS y CCRC, su ayuda financiera para el cuidado de niños puede ser terminada o CCRC puede tomar otras medidas apropiadas.

Si no está de acuerdo con alguna medida tomada por CCRC/DPSS, tiene 90 días para solicitar una audiencia de apelación. Los 90 días comenzarán después de que usted haya recibido el aviso de CCRC/DPSS. Para solicitar una apelación, complete el reverso de la Notificación de Acción que se apela y envíela a CCRC/DPSS.

Para recibir ayuda al recurrir una decisión, llame al (800) 952-5253 para preguntar por sus derechos de audiencia o para que le remitan a un abogado.

Para obtener más información sobre las normas, reglamentos y directrices de asistencia financiera para el cuidado de niños, puede comunicarse con CCRC al (818) 717-1000 o revisar las directrices como se indica en el Manual para Padres de CCRC.

Programas del Departamento de Educación de California (CDE)

La participación en los programas del Departamento de Educación de California (CDE) depende de la financiación disponible y de si cumples los requisitos exigidos para inscribirte en el programa.

¿Cómo puedo saber si tengo derecho a una ayuda para el cuidado de niños financiada por el CDE?

CalWORKs Fase 2

Para poder optar a CalWORKs Fase 2, debe cumplir los requisitos de elegibilidad definidos en la sección ¿Cómo empezar? y tener al menos una necesidad elegible de servicios de cuidado infantil.

CalWORKs Fase 3

Si hay fondos disponibles, el CCRC traslada a una familia de la etapa 2 a la etapa 3 de CalWORKs (C3AP) después de que a los padres de la etapa 2 se les haya retirado la ayuda en efectivo durante 24 meses. Si no hay fondos disponibles, se dará de baja a la familia. Para poder optar a los servicios de cuidado infantil de la Etapa 3, debe cumplir todos los requisitos de elegibilidad definidos en la sección ¿Cómo empiezo? y tener al menos una necesidad elegible.

Pago alternativo

CCRC inscribe a las familias de la Lista de Elegibilidad (E-List) en el Programa de Pago Alternativo (CAPP) durante un período de inscripción abierta. Para poder optar a los servicios de cuidado infantil del CAPP, debe cumplir los requisitos de elegibilidad definidos en la sección ¿Cómo empiezo? y tener al menos una necesidad elegible.

Red de Educación en el Hogar para el Cuidado Familiar de Niños (FCCHEN)

El programa Family Care Home Education Network (FCCHEN) hace hincapié en el aprendizaje temprano y en un entorno de cuidado infantil de alta calidad en un hogar de cuidado infantil autorizado y aprobado. Antes de que un proveedor de cuidado infantil pueda formar parte de FCCHEN, un Especialista en Educación Infantil y Familiar revisa el programa para ver si cumple con las normas y requisitos establecidos por el Departamento de Educación de California (CDE). Debe cumplir con los requisitos de elegibilidad definidos en la sección ¿Cómo empiezo? y tener una necesidad que califique.

¿Cómo empezar?

El Departamento de Evaluación y Orientación Familiar (FAO) del CCRC determina la elegibilidad inicial de su familia para un programa CDE de acuerdo con las siguientes directrices:

  • Una familia que esté recibiendo actualmente ayuda en metálico/TANF o que la haya recibido en los últimos 24 meses puede optar a la fase 2 de CalWORKs.
  • La FAO verifica la elegibilidad y programa una orientación.
  • Durante la orientación, los padres rellenan la Solicitud Confidencial de Servicios de Desarrollo Infantil y Certificación de Elegibilidad (Formulario CD9600), reciben un paquete de inscripción y una lista de documentos necesarios para la certificación.
  • A partir de la fecha de orientación comienza un plazo de 30 días durante el cual la FAO puede aprobar o denegar los servicios a la familia.
  • Si los documentos requeridos se presentan correctamente y a tiempo, un especialista en casos de la FAO ayuda a la familia en los pasos finales de certificación e inscripción.

Una familia que NO está recibiendo actualmente ayuda en efectivo/TANF, la ha recibido hace más de dos años, o nunca ha recibido ayuda en efectivo es elegible para otros programas financiados por el CDE basados en la disponibilidad de fondos. Las familias deben completar un formulario de admisión a la lista de elegibilidad en inglés (véase más abajo) para ser incluidas en la lista de elegibilidad (E-List). Cuando hay fondos disponibles, la FAO genera una lista de familias de la E-List de acuerdo con las prioridades del CDE - las familias con el rango de ingresos más bajo (1er percentil) tienen prioridad.

Haga clic en el enlace correspondiente para cumplimentar el formulario de admisión a la lista de elegibilidad:

La FAO enviará por correo a los padres una invitación para que asistan a una evaluación de los ingresos a fin de determinar si la familia reúne los requisitos para alguna de las vacantes actuales del programa. Si un padre no responde a la invitación, se le marcará como inactivo en la lista electrónica.

Si se determina que un padre reúne los requisitos de ingresos, la FAO programa una orientación y entrega al padre un paquete de inscripción con la documentación requerida para el padre y el proveedor de cuidado infantil. El padre debe traer la documentación completa a la cita programada.

Durante la orientación se revisan los paquetes de los padres y del proveedor de cuidado infantil. Si toda la documentación está completa, los padres se reúnen con un especialista en casos de la FAO para inscribirse en el programa de subsidios.

¿Cómo se paga al cuidador?

Para que CCRC pueda pagar a su proveedor de cuidado infantil, CCRC debe autorizar los servicios como se indica a continuación.

Autorización de proveedor de cuidado infantil

Debe presentar un paquete de proveedor completo. Una vez que haya sido aprobado como proveedor, CCRC le enviará una Notificación de Proveedor Aprobado verde con su autorización actual.

CCRC no pagará los servicios de cuidado infantil antes de la fecha de inicio, después de la fecha de finalización o por horas que no figuren en la Notificación de proveedor de aprobación verde, a menos que reciba una nueva notificación ampliando la autorización.

Si usted ha recibido una fecha de terminación o un aviso de acciones, CCRC no le pagará por los servicios después de la fecha de terminación a menos que CCRC le envíe una nueva Notificación de Proveedor Aprobado extendiendo la autorización.

Autorización para un niño con necesidades especiales

Si tiene un hijo con necesidades especiales, es posible que su proveedor de servicios de guardería pueda acogerse a una tarifa especial. Hable con su Especialista de Casos para saber más sobre cómo su proveedor puede solicitar esta tarifa. También puede solicitar el cuidado de un niño mayor de edad con necesidades especiales. Hable con su Especialista de Casos sobre el procedimiento a seguir y los formularios a cumplimentar.

Procedimiento de la hoja de asistencia

Para que CCRC pueda pagarle a su proveedor de cuidado infantil, usted y el proveedor deben completar una Hoja de Asistencia CDE todos los meses para verificar la asistencia de su hijo. CCRC envía la hoja amarilla de asistencia al proveedor todos los meses y los pagos son de acuerdo a la información en la hoja de asistencia. CCRC espera que usted y su proveedor presenten información precisa. Haga clic aquí para obtener más información sobre los plazos de pago del CDE y las pautas para los documentos.

Expectativas de asistencia y procedimientos

Se espera que los niños asistan regularmente a la guardería según el horario aprobado. Cuando su hijo esté ausente, debe anotar la razón específica en el reverso de la hoja de asistencia y firmar con su nombre. Una ausencia sin una nota en el reverso de la hoja de asistencia se considerará injustificada y no podrá ser pagada. Las ausencias excesivas pueden dar lugar al cese de sus servicios.

Las ausencias justificadas incluyen: enfermedad del padre o del niño, citas médicas y dentales, tiempo ordenado por el tribunal para pasar con el padre u otro pariente y emergencias familiares.

CDE Cese en el cuidado de niños

Si usted no sigue las regulaciones de CCRC / CDE, CCRC puede terminar sus servicios de cuidado infantil. Si CCRC le da de baja o usted no está de acuerdo con la acción de CCRC según se indica en la Notificación de Acción (NOA), usted tiene derecho a apelar la acción prevista. Para proteger sus derechos de apelación, debe seguir el procedimiento de apelación. Si no está de acuerdo con la acción indicada en la NOA, puede apelar la acción prevista dentro de los catorce (14) días calendario a partir de la fecha de la NOA y solicitar una audiencia de apelación local.

Para obtener más información sobre los programas de asistencia financiera para el cuidado infantil del CDE, consulte el Manual para padres del CCRC o llámenos al (818) 717-1000.